☎ LLAMAR 📞 955632178 📞

Mairena del Aljarafe (Sevilla)

Imagen de la cabina de un camión con un extintor de a2J de color rojo para ser usado en caso de incendio

Extintores Obligatorios en Vehículos de Mercancías en España

En España, los vehículos de transporte de mercancías están obligados a llevar extintores adecuados según el Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998) y la Orden de 27 de julio de 1999, así como la normativa ADR para el transporte de mercancías peligrosas.

Normativa y dotación mínima de extintores en vehículos de mercancías

Vehículos de Mercancías Generales

La dotación mínima obligatoria de extintores en vehículos destinados al transporte de mercancías es la siguiente:

Desde 3.500 kg de MMA hasta 7.000 kg de MMA

  • Cantidad de extintores: 1
  • Eficacia mínima: 21A / 113B

Hasta 20.000 kg de MMA

  • Cantidad de extintores: 1
  • Eficacia mínima: 34A / 144B

Más de 20.000 kg de MMA

  • Cantidad de extintores: 2
  • Eficacia mínima: 34A / 144B cada uno

Vehículos de Mercancías Peligrosas (ADR)

En el transporte de mercancías peligrosas por carretera, la dotación de extintores se rige por el ADR, que establece una dotación mínima en función de la MMA del vehículo o conjunto de vehículos, incluyendo:

  • Un extintor para la cabina del conductor.
  • Extintores adicionales en función de la MMA del vehículo.

La dotación ADR se considera válida como alternativa a la dotación mínima general prevista para vehículos de mercancías.

Tipos de Fuegos y Eficacia de Extintores

Clase A:

  • Fuegos de materiales sólidos: Generalmente de naturaleza orgánica, como madera, papel y textiles, que se queman con formación de brasas.
  • Eficacia: Indicada por el número anterior a la letra “A” (por ejemplo, 13A), que representa la cantidad de material que el extintor puede apagar.

Clase B:

  • Fuegos de líquidos inflamables: Como gasolina, aceite y pintura.
  • Eficacia: Indicada por el número anterior a la letra “B” (por ejemplo, 55B), que representa la superficie de líquido inflamable que el extintor puede apagar.

Clase C:

  • Fuegos de gases inflamables: Como propano y butano.
  • Eficacia: No se asigna un número, pero los extintores deben ser adecuados para este tipo de fuego.

Mantenimiento Obligatorio

  • Inspección Anual: Realizada por una empresa autorizada conforme al Real Decreto 513/2017 sobre instalaciones de protección contra incendios.
  • Retimbrado y Recarga: Cada 5 años o según lo indique el fabricante.
  • Condiciones de Almacenamiento: Los extintores deben estar en lugares accesibles y protegidos contra impactos y condiciones climáticas extremas.

Normativa Aplicable

  • Reglamento General de Vehículos – Real Decreto 2822/1998.
  • Orden de 27 de julio de 1999 sobre extintores en vehículos.
  • Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios – RD 513/2017.
  • Real Decreto 709/2015, equipos a presión.
  • Norma UNE-EN 3 (clasificación y requisitos de los extintores portátiles).
  • ADR (Acuerdo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera).a.

Importante

Esta publicación proporciona una guía general basada en la normativa vigente y no se hace responsable de posibles errores. Es responsabilidad del usuario acudir a las fuentes oficiales legales o normativas correspondientes para verificar la información y asegurar el cumplimiento de las regulaciones aplicables. Para obtener información precisa y actualizada, siempre consulta directamente los textos legales y las autoridades competentes.

Conclusión

Cumplir con estos requisitos de extintores es esencial para garantizar la seguridad en el transporte de mercancías y para cumplir con la normativa vigente. Asegúrate de que tu vehículo de mercancías cumple con estos requisitos para evitar sanciones y garantizar la máxima seguridad.