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Mairena del Aljarafe (Sevilla)

Imagen de un remolque con perros de varios colores y un extintor para protegerlos en caso de incendio

1. Normativa General

Reglamento General de Vehículos (España)

  • Artículo 12.2: Todos los vehículos destinados al transporte de mercancías deben llevar un extintor adecuado y accesible.
  • Referencia: Reglamento General de Vehículos

Reglamento General de Circulación (España)

2. Transporte de Remolques con Perros de Caza

Extintor Obligatorio

  • Motivo: Prevención y control de incendios, protección de ocupantes y otros usuarios de la vía.
  • Aplicación: Todos los vehículos de transporte de mercancías ligeras (menos de 3500 kg), incluidos remolques para perros de caza.
  • Multas: Hasta 200 euros por incumplimiento.

Cantidad y Número de Extintores

  • Requerimiento: Un mínimo de un extintor de 2 kg.
  • Ubicación: Extintor debe estar accesible y en buen estado.

Fuente

3. Justificación

  • Seguridad Vial: La normativa de seguridad vial no distingue entre tipos de mercancías; aplica a todos los transportes de mercancías ligeras.
  • Prevención de Riesgos: Garantiza un nivel mínimo de seguridad y prevención de incendios.

4. Responsabilidad del Usuario

Siempre es responsabilidad del usuario consultar los textos exactos de la normativa para evitar errores que pudieran existir en publicaciones como esta y otras al respecto. Asegurarse de leer la normativa vigente y oficial garantiza el cumplimiento adecuado de las leyes y evita malentendidos o sanciones.

5. Enlaces de Referencia

  1. Reglamento General de Vehículos
  2. Reglamento General de Circulación
  3. Artículo sobre remolques de perros de caza