☎ LLAMAR 📞 955632178 📞

Mairena del Aljarafe (Sevilla)

CASO PRÁCTICO nº1 RD 2267 / 2004 : NAVE CONSTRUIDA JUNTO A PARCELAS SIN EDIFICAR

CASO PRÁCTICO nº1: NAVE CONSTRUIDA JUNTO A PARCELAS SIN EDIFICAR

No hace mucho tiempo un compañero me hacía la siguiente cuestión:

“Tengo una nave industrial que va a ser destinada a un taller mecánico, en sus medianeras existen solares sin ningún tipo de construcción, según el R.S.C.I.E.I. ¿es tipo C o B?”

Veamos en primer lugar cómo el Real Decreto define estos conceptos:

TIPO C: El establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio, o varios, en su caso, que está a una distancia mayor de tres metros del edificio más próximo de otros establecimientos. Dicha distancia deberá estar libre de mercancías combustibles o elementos intermedios susceptibles de propagar el incendio.

TIPO B: El establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio que está adosado a otro/s, o a una distancia igual o inferior a 3 metros de otro/s edificios, de otro establecimiento, ya sean de uso industrial o de otros usos.

Cierto es que el Real Decreto no contempla este tipo de situaciones, es a partir de ahí donde deberemos imponer el“sentido común” con el objeto de no poner en peligro la seguridad.

A priori y a la vista de las definiciones, podemos determinar que nuestro establecimiento es de tipo C, dado que cumpliría las condiciones impuestas pero siempre que no variasen las condiciones actuales. Es decir, en las parcelas colindantes no se permite la construcción de otros edificios, o bien, si la construcción es permitida, éstas se realizarán a más de tres metros de nuestro establecimiento.

Si no podemos garantizar que estas dos condiciones se cumplan a lo largo de la duración de la actividad tendremos que considerar nuestro establecimiento como tipo B.

from Blogger http://ift.tt/1uXiF0R
via IFTTT

Enviar una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados*

Abrir chat
Escanea el código
Hola, ¿En que podemos ayudarte?