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Mairena del Aljarafe (Sevilla)

¿ Cuantos extintores tengo que instalar en mi empresa?

¿ Cuántos extintores de polvo tengo que instalar en mi empresa ?

Por regla general , en CADA PLANTA , se debe de instalar un extintor de polvo abc de 6 kg cada 30 m horizontales maximo ( eficacia mínima 21 A 113 B validos para fuegos de combustibles sólidos , líquidos y gaseosos ) .
Normalmente se instala 1 extintor de polvo cada 15-20 m distribuidos por los recorridos de evacuación y en zonas donde sea previsible un incendio perfectamente señalizados y visibles soportados en paramento vertical a menos de 1,20 m.

  • Según Código técnico de la edificación Documento básico de seguridad en caso de Incendio DB SI6

Tabla 1.1. Dotación de instalaciones de protección contra incendios

En general
Extintores portátiles Uno de eficacia 21A -113B:
– A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.
– En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1(1) de
este DB.

  • Según RIPCI 2017  RD 513 /2017  Nuevo reglamento de protección contra incendios

El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible, próximos a las salidas de evacuación y, preferentemente, sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede situada entre 80 cm y 120 cm sobre el suelo.

¿ Es obligatorio un extintor de CO2 para mi empresa ?

Los extintores deben de ser adecuados a la clase de fuego previsible, los extintores de co2 tienen eficacia tipo B , fuegos combustibles líquidos , y adecuados para fuegos de naturaleza eléctrica al no ser conductores de la electricidad y no dejar residuos después de su utilización.

Obligatorios por tanto para la protección de cuadros eléctricos principales .

  • Según RIPCI 2017  RD 513 /2017  Nuevo reglamento de protección contra incendios

5. Los agentes extintores deben ser adecuados para cada una de las clases de fuego normalizadas, según la norma UNE-EN 2:
a) Clase A: Fuegos de materiales sólidos, generalmente de naturaleza orgánica, cuya combinación se realiza normalmente con la formación de brasas.
b) Clase B: Fuegos de líquidos o de sólidos licuables.
c) Clase C: Fuegos de gases.
d) Clase D: Fuegos de metales.
e) Clase F: Fuegos derivados de la utilización de ingredientes para cocinar (aceites y grasas vegetales o animales) en los aparatos de cocina.

 

a) Los extintores portátiles, que deberán ser instalados por empresas instaladoras de sistemas de protección contra incendios, por empresas mantenedoras de extintores portátiles o por el fabricante de los extintores. Cuando la superficie del establecimiento no sea mayor de 100 m2 o se trate de una vivienda unifamiliar, también podrán ser instalados por el usuario.

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